
Las sociedades offshore previamente registradas en Liberia que habían recibido la autorización de utilizar acciones al portador tendrán hasta el 31 de diciembre de este año para convertir dichas acciones al portador a acciones registradas a un titular; otra opción con la que cuentan estas sociedades es mantener las acciones al portador, pero mediante la firma de un acuerdo de custodia, con un custodio aprobado por las autoridades liberianas. Este acuerdo incluirá la presentación del nombre y los detalles de contacto de quien lleve las acciones al portador y del titular beneficiario; aunque toda esa información seguirá siendo confidencial.
Si alguna sociedad offshore ya registrada en Liberia no había emitido acciones al portador y prefiere mantener la autoridad de emitir este tipo de acciones, entonces debe informar a las autoridades.
Si las sociedades offshore liberianas no cumplieran con ninguno de los tres pasos previamente descritos, a partir del 31 de diciembre de este año, todas las acciones al portador serán deshabilitadas y la sociedad puede recibir una alta multa, así como enfrentará una posible revocación o cancelación de sus documentos de incorporación.