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Preguntas  frecuentes
Si Usted es nuevo al mundo offshore lea atentamente esta sección de preguntas frecuentes.

¿Es legal poseer una sociedad offshore?
Si, cien por ciento legal . En el boulevard Prince Henry de Luxemburgo capital del homónimo Granducado, al N. 13, todas en el mismo edificio, se puede encontrar la casas matriz de Pirelli, Mondadori, Tosi, Merloni Ariston y, 50 metros más allá, Meccanica Finanziaria, Lucchini, Franzoni, Gazzoni  Frascara y Valentino. Y ¿qué hace el grupo Mediaset en Malta?,  ¿Y el Instituto Mobiliare Italiano en Madeira?,  Y ¿porqué casi el 50% (112 entre 250)  de las sociedades que cotizan en la bolsa de Italia, por ejemplo, y el 25% (22 entre 88) de los grupos bancarios tienen participaciones, casi siempre de control, en sociedades residentes en los paraísos fiscales? La respuesta es simple: para pagar menos impuestos.

¿Qué significa offshore?
Offshore:  significa literalmente afuera de las aguas territoriales o en caso de una operación financiaría, realizada afuera del país de residencia (operación extraterritorial)

¿Porque ir offshore?
Simplemente para proteger sus capitales y reducir la carga fiscal. Al momento existen más  de 250 jurisdicciones que ofrecen uno o más incentivos  a los inversionistas no residentes, algunos de estos países también son considerados paraísos para vacacionar. ¿Por qué invertir u operar en un país que le quiere chupar la sangre? ¿ Porqué Usted debería pagar más impuestos que un nacional de otro país? Si Usted o su compañía tienen una renta superior a 30 (trenta) mil Euros al año pueden encontrar grandes ventajas usando estructuras jurídicas offshore. He encontrado este link de una página web que te calcula cuanto pagas de impuestos. Usted se quedará helado, cuando comprobará que incluso una persona que gane 6000 euros brutos al año, trabaja hasta mediados de abril para el estado.
Más de 19 millones de españoles ingresan menos de 1.000 euros al mes, pero el número de ricos españoles avanza a buen ritmo. Tanto que se han dado de alta en una exclusiva clasificación 164 contribuyentes que rompieron la barrera de los 10 millones de euros, o lo que es lo mismo, declararon a Hacienda poseer un patrimonio equivalente a algo más de 1.660 millones de las antiguas pesetas.
Muchos de los que se han sentido estrangulados por la presión fiscal han recurrido a las sociedades offshore, una estructura jurídica de un país a imposición baja o nula, las mismas que desde siempre han sido utilizadas por los bancos y las grandes empresas para reducir el coste fiscal.
Cada país considerado paraíso fiscal ofrece algunas limitada ventajas a los residentes o a las sociedades allí domiciliadas. Por ejemplo en el Principado de Mónaco no se pagan los impuestos sobre las renta de las personas físicas, al contrario, las sociedades tienen una carga fiscal muy alta. En Panamá no pagan impuestos las sociedades y las personas físicas allí domiciliadas, siempre y cuando no tengan su actividad en el territorio nacional.  En los Estados Unidos, durante el prohibicionismo , y cuando el juego de azar estaba prohibido, algunos audaces empresarios habían abierto unos casinos flotantes,  afuera de las aguas territoriales, donde  llovían las apuestas entre ríos de bebidas alcohólicas. La industria del offshore es pequeña y misteriosa, a pesar de que, según las últimas encuestas,  maneja más del 60 % de los capitales mundiales .
El Diccionario de Administración y Finanzas de J.M. Roosemberg define a los Paraísos Fiscales: "Países con leyes fiscales muy favorables para el establecimiento de la residencia legal de personas físicas o jurídicas que quieren pagar menos impuestos".
En general definimos a los Paraísos Fiscales como aquellos países que aseguran legislaciones bancarias y fiscales favorables a los inversionistas extranjeros. Los países que tienen este tipo de facilidades tienen el objetivo de favorecer la economía local y de esta manera atraer capitales del exterior. A diferencia de los países "pobres", los Paraísos Fiscales solo facilitan el ingreso de grandes capitales y generalmente su política migratoria desfavorece la pequeña inversión.
Por ejemplo, la Ley Nº 54 del 22 de Julio de 1998 por la cual se Dictan Medidas para la Estabilidad Jurídica de las Inversiones en la República de Panamá, decreta que el Estado promueve y protege las inversiones efectuadas en el país, y que los inversionistas extranjeros y las empresas en las que ellos participan tienen los mismos derechos y obligaciones que los inversionistas y empresas nacionales, pero en su artículo 16 establece que todo inversionista que pretenda acogerse a los beneficios de esta Ley está obligado a invertir la suma "mínima" de 2 millones de dólares.
Joseph Santana, en su libro "El Mundo de los Paraísos Fiscales" los define como: "Aquellos países que ofrecen ventajas impositivas para determinadas actuaciones empresariales".
Podemos concluir que no existe el Paraíso Fiscal por excelencia: cada uno ofrece solo algunas y bien precisas ventajas, diferentes de un país al otro.
El uso de los Paraísos Fiscales, con el fin de obtener mayores beneficios en el comercio internacional y/o en los negocios multinacionales, es totalmente legal. Siempre y cuando no se incurra en defraudación fiscal, contrabando o evasión tributaria.

¿Por qué existen los paraísos fiscales?
Los Paraísos Fiscales y los Países de Baja Imposición existen porque hay países con alta tasaciones y aprovechan de estos últimos para desarrollar sus economías. Mientras en el ámbito nacional se han desarrollado las profesiones relacionadas a la planificación fiscal, con una gran proliferación de estudios de auditores y contadores, a nivel internacional grandes y pequeñas compañías han encontrado un nuevo tipo de planificadores: los Ingenieros Fiscales (IF).
Estos "artistas" de la elusión son capaces, con operaciones de ingeniería contributiva, de encontrar las mejores condiciones impositivas para sus clientes, siempre dentro o al borde de la legalidad.
Se llama Ingeniería Fiscal porque, como en la construcción hay que hacer un proyecto y construir. Hacer el proyecto de un esquema para la elusión fiscal, teniendo en cuenta todas y cada una de las ventajas que pueda ofrecer un Paraíso Fiscal en combinación con otros paraísos y/o con Países de Baja Imposición Fiscal, y construir una estrategia para eliminar o disminuir la carga tributaria, haciendo uso de leyes y tratados que favorecen una u otra actividad. Por ejemplo, un Paraíso Fiscal para un escritor (EIRE), no lo es necesariamente para un inversionista en turismo (Marruecos, Panamá, etc.).
La finalidad de una compañía, al utilizar a los Ingenieros Fiscales, es la de maximizar las utilidades o beneficios provenientes de actividades internacionales. Los IF se encargan de encontrar la manera más apropiada para que las compañías cumplan con su finalidad, y el principal medio con que cuentan para llevar a cabo sus tareas, es el uso de los Paraísos Fiscales.
El costo fiscal, o bien el volumen de los impuestos pagados por una sociedad debe ser considerado hoy día un factor esencial de la estrategia de presupuesto de cualquier actividad. Para poner en marcha un proyecto de ingeniería fiscal se necesita, primero que todo, estar al día sobre las legislaciones fiscales de los países de alta imposición fiscal y, en segundo lugar, conocer exactamente cuales ventajas ofrece cada país considerado "Paraíso". Así, con meticulosas triangulaciones, se puede operar la elusión impositiva, en vez de la riesgosa evasión fiscal.
Las sociedades de los Paraísos Fiscales se pueden utilizar de diferentes formas, para eludir deferentes impuestos.
1. Impuestos sobre Transferencias de Bienes: estos impuestos suelen gravar las ventas de inmuebles, de barcos y de aeronaves. Se obliga el pago de un 2% a un 6% del valor del objeto cada vez que se realice un traspaso. La elusión de este impuesto permite comprar inmuebles para revenderlos sin pagar el porcentaje que corresponda.
La técnica de elusión es muy sencilla. El interesado crea una sociedad mercantil en un Paraíso Fiscal, de la cual es propietario al 100%. El bien inmueble o mueble en cuestión es adquirido por esta sociedad extranjera. Cuando el interesado desea vender ese inmueble lo que hace es transmitir la titularidad sobre la sociedad mercantil (Real Estate Holding Company). El coste de este traspaso está alrededor de lo $ 400.00, frente a los $ 10.000.00 que costaría hacerlo de la forma habitual. El ahorro obtenido es considerable, visto que sólo se tienen que pagar los gastos del abogado para el traspaso de la compañía.
2. Sucesiones: Este acto administrativo prevee un gravamen sobre las herencias y puede ser evadido de la misma forma que los impuestos sobre transferencias de bienes.
Por ejemplo: el propietario de un inmueble desea que a su muerte éste pase a sus hijos libre de impuestos. Para ello crea una sociedad mercantil en un Paraíso Fiscal, de la cual es propietario al 100% de forma confidencial.
La titularidad sobre el inmueble se trasmite a la sociedad mediante una cesión puramente documental. El verdadero propietario (benefical owner) firma un documento sin fecha mediante el cual cede la totalidad de sus participaciones en dicha sociedad mercantil. Al morir la persona en cuestión, los hijos ponen al documento la fecha que corresponda y proceden a registrar la transacción en el Paraíso Fiscal a un coste muy bajo y sin pagar el Impuesto de Sucesiones en su propio país.
3. Licencia Comercial: este tributo también se denomina en algunos países Impuesto sobre Actividades Económicas o Impuesto Industrial.
Para eludir este impuesto, el interesado debe crear una sociedad mercantil en el Paraíso Fiscal, la cual puede realizar actividades comerciales y de inversión a escala mundial. Realizando todas sus actividades mercantiles a través de esta sociedad extranjera (offshore), el interesado no necesita pagar la licencia comercial en su propio país, ya que esta tributo sólo afecta a las empresas residentes (resident companies or natural person).
4. Impuesto sobre la Renta sobre las Personas Físicas: La elusión de los impuestos de la renta se hace también usando una sociedad que no reside en el propio país (non resident corporation) y el propietario resultará registrado como empleado, con un salario mínimo asignado, exento de impuestos. Esta compañía tendrá su base legal en un Paraíso Fiscal, y podrá operar negocios como el comercio internacional, servicios médicos, servicios legales, licencias de propiedad intelectual, etc.
5. Impuestos sobre los beneficios de las sociedades mercantiles (Corporate Tax, Impôt sur les Societés, etc.): Este tributo anual grava los beneficios de las compañías mercantiles con un tipo que oscila, según los países, entre el 25 y el 50%.
La existencia de este impuesto tiene además otros muchos inconvenientes, ya que obliga a mantener un sistema contable muy costoso y a realizar varias declaraciones fiscales a lo largo del año. Por si esto fuera poco, la reglamentación fiscal de algunos países no permite deducir numerosos gastos, lo cual falsea la situación real de la empresa y aumenta desmesuradamente la carga fiscal. Mediante la creación de una sociedad mercantil offshore en un Paraíso Fiscal se evade por completo este tributo.
Tomemos como ejemplo el caso de una compañía de seguros: utilizando una sociedad mercantil en un Paraíso Fiscal todas las primas de seguro recaudadas pueden ir a parar a una cuenta corriente de esta sociedad en Suiza, libres de impuestos. El mismo esquema es aplicable a la actividad bancaria y al leasing. La sociedad mercantil situada en un Paraíso Fiscal puede disponer libremente de sus beneficios sin tener que pagar el Impuesto de Sociedades. De esta forma, si la Junta General de Accionistas decide que se repartan dividendos, los socios podrán recibir éstos íntegramente, sin ningún tipo de retención fiscal.
6. Impuesto sobre el Patrimonio: el nombre y la forma de este tributo varía en cada país. En Francia, por ejemplo, existe un Impuesto sobre las grandes Fortunas, y en Alemania, se denomina Vermögenssteuer. Este impuesto grava todos los bienes de una persona física residente, la cual debe pagar al estado un porcentaje sobre su valor total.
La técnica de elusión de este tributo consiste en poner todos los bienes propios a nombre de diversas sociedades registradas en uno o más Paraísos Fiscales. El interesado es propietario al 100% de estas sociedades, sí bien de forma confidencial, y debe procurar que las autoridades fiscales de un país no pueden acceder a esta información de ninguna forma. Para ello es necesario utilizar un Paraíso Fiscal que ofrezca garantías absolutas de confidencialidad.
7. Impuesto sobre los Incrementos de Capital: este tributo grava el aumento del valor de los bienes objetos de una inversión, por ejemplo, acciones de compañías cotizadas en la bolsa, inmuebles, joyas, objetos de arte o metales preciosos. Aunque en algunos países es un tributo separado, en otros se recauda dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La técnica de elusión es muy simple, ya que basta realizar todas las inversiones a través de una sociedad mercantil basada en un Paraíso Fiscal. Al liquidar la inversión y obtener un beneficio, éste es abonado en una cuenta corriente que esta sociedad mantiene en Latvia o en el Principado de Mónaco. El nombre del verdadero interesado no aparece en ningún documento bancario y la elusión fiscales no es detectable.
8. Cuotas obligatorias de la Seguridad Social, también llamadas en otros países Contribuciones Sociales o Seguro Social: suponen alrededor del 25% del salario contractual de un trabajador.
En algunos casos cuando los servicios de esa persona son contratados por una sociedad mercantil no-residente, este impuesto se evita completamente. Este esquema de elusión permite ignorar todas las reglamentaciones laborales y sectoriales, los controles burocráticos del Ministerio de Trabajo, la obligación de realizar retenciones fiscales sobre los salarios, etc.
9. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA, VAT, ITBM): la evasión de este tributo es automática para los comerciantes internacionales que utilizan una sociedad mercantil interpuesta. La sociedad, basada en un Paraíso Fiscal, compra y vende las mercancías desde fuera (offshore o en Zonas Francas o Libres) de los territorios aduaneros de tal forma que nunca deberá declarar el impuesto sobre el valor añadido, ya que éste sólo es aplicable a las importaciones y a las ventas realizadas dentro del territorio aduanero del país.
Queremos subrayar que el uso de un Paraíso Fiscal sin el auxilio de una operación de Ingeniería Fiscal puede resultar inútil, visto que la mayoría de los países de alta imposición fiscal han elaborado leyes restrictivas para el uso de los Paraísos Fiscales por sus residentes.

¿Cuáles son los beneficios de una sociedad offshore?
Las sociedades offshore ofrecen principalmente el anonimato de los socios y tienen en general un costo reducido comparado con el de las sociedades de muchos países industrializados. Operando desde un territorio offshore se puede también  limitar la responsabilidad de los accionistas, y reducir en muchos casos, la carga fiscal. En el estatuto aparecen, en general, de uno a tres directores y las acciones son al portador.  Si el cliente no desea aparecer  nuestro bufete jurídico les ofrece los directores (al costo de 150 euro por año), le proveemos además un poder general notariado y apostillado (reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y que lo hace valido en todos los países subscritores del Tratado sobre Apostilla) de forma tal que podrá administrar la sociedad, comprar , vender, abrir cuentas bancarias, abrir sucursales, etc. Las acciones, en general, se entregan al portador. El capital no tiene que ser depositado, solo se paga un impuesto sobre el mismo y este impuesto está incluido en el precio del registro. No se requiere contabilidad, ni existe la obligación de presentar declaración de renta y si desean declarar los ingresos, por el monto que quieran, los impuestos son "cero".

¿Como puedo deslocalizar mi actividad (Offshoring)

 

?

Una Sociedad  offshore puede ser utilizada en cualquier parte del mundo, pero es necesario tomar alguna precauciones si usted vive y reside en un país a alta imposición. Muchos piensan, erróneamente, que una sociedad  offshore es una especie de “patente pirata” que permite de hacer cualquier cosa. Desafortunadamente no es así y si el objeto de su empresa offshore es el de pagar menos impuestos o cero impuestos  esto será aplicable exclusivamente a actividades que pueden deslocalizarse. Para ser mas específicos, una empresa deslocalizada es una actividad que aparece estar en un lugar , mientras esta en otro. Usted puede utilizar su empresa deslocalizada  desde un país a alta imposición, siempre y cuando tome sus debidas precauciones. La deslocalización de empres o offshorig puede ser utilizada también para la subcontratación externa de recursos humanos, beneficiándose de los bajos costos laborable y calificación de los prestadores de servicios. Esto reduce también los costos de seguridad social y gastos generales.

 

A continuación le hacemos unos ejemplos de servicios que pueden deslocalizarse: Mantenimiento de sistemas de información

 

Servicios de atención al cliente

 

Centros de llamadas telefónicas, call center

 

Servicios de análisis

 

Desarrollo y mantenimientos de servicios informáticos

 

Desarrollo de programas informáticos

 

Diseño técnico

 

Diseño grafico

 

Investigación y desarrollo de proyectos

 

Servicios de ingeniería y arquitectura

 

Información y  ventas de libros en línea

 

Ingeniera de sistemas

 

Ventas de servicios ISP (Internet Services provaider) y de dominós WEB

 

Desarrollo y mantenimientos de páginas web

 

Digitalización de documentos, catálogos, publicaciones, listas de precios

 

Programación y administración de bases de datos

 

Traducciones

 

Juego de azar en línea

 

Servicios inmobiliarios

 

Agencia de viajes en línea

 

Ventas de productos de terceros en línea

 

Consultoría

 

Pesquisas y mercadeo

 

Etc.     

 

El offshoring puede ser entonces utilizado al 100% de los beneficios, solo para actividades de servicios. Si su actividad involucra manejo directo de mercancía o si necesita una oficina o un punto de venta en un país a alta imposición, usted no podrá aprovechar plenamente de las ventajas offshore. No existe un sistema legal de no pagar el impuesto sobre el valor añadido. Este acto es una evasion de impuestos o contrabando. No nos pregunten cómo se hace porque es ilegal.  

¿Porque abrir una sociedad o fundación offshore?
1. Para abrir cuentas bancarias al extranjero y/o realizar inversiones de bolsa pudiendo ocultar, en caso de necesidad (divorcio, secuestros de bienes, etc.), el real beneficiario.
2. Para participar en sociedades nacionales, ocultando los verdaderos socios y reduciendo los costos notariales.
3. Para comprar y vender mercancía a su propia empresa nacional o a otras, facturando el precio deseado.
4. Para facturar servicios como si estos fueran ejecutados al exterior y eludiendo los impuestos sobre consultorías, servicios web, libros, artículos, etc.).
5. Para proteger  sus bienes en su País o al Extranjero.
6. Para evitar secuestros judiciales.
7. Para evitar la tasa de sucesión  y garantizar un mejor futuro a su familia.
Antes, al heredar bienes, el beneficiario debía pagar un Impuesto sobre Sucesiones, ahora se ha suprimido en algunas regiones, mientras en otras sigue vigente. El tributo es actualmente cedido a las comunidades autónomas, y cada región lo gestiona de la forma que cree más conveniente, dentro de unos parámetros establecidos, pra que no haya desigualdades territoriales. Desde 2003 en el País Vasco y Navarra, no se tributa nada al heredar. Asimismo, a partir de 2006, en la Comunidad de Madrid se completará la supresión gradual del impuesto de sucesiones, que se  inició hace tres años, según consta en el proyecto de "ley de acompañamiento" a los presupuestos regionales, que ya han sido presentados por la presidenta de la comunidad, Esperanza Aguirre. Por ejemplo, en Madrid, en el caso de herencias entre familias (padres, hijos, cónyuges o parejas de hecho) se podrá deducir el doble que antes, de 50.000 a 100.000 euros en el impuesto. El Gobierno regional prevé que con ello, deje de tributar el 95% de estos contribuyentes, con una herencia inferior 100.000 euros, una vez descontadas las reducciones por vivienda habitual, empresa familiar y seguros de vida. Por su parte, en Castilla y León se mantienen los beneficios fiscales establecidos con anterioridad: como son las reducciones en adquisiciones mortis causa por personas con discapacidad; de explotaciones agrarias, empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades situadas en Castilla y León; etc. También habrá bonificación del 99% en la cuota en adquisiciones mortis causa por descendientes o adoptados menores de 21 años, en la comunidad de Castilla y León.
En los lugares donde aún se debe pagar por heredar bienes, la cantidad varía en función de varias circunstancias:
 El grado de parentesco que une a los herederos con el fallecido: cuanto más lejano sea, más se paga.
 La cuantía de la herencia: cuanto mayor sea, más se paga.
 El patrimonio que ya tenga quien reciba los bienes: cuanto más alto sea, mas tendrá que pagar.
Manteniendo las propiedades y las cuentas bancarias a nombre de una sociedad offshore ninguno de estos impuestos es aplicable a los herederos.
8. Para construir una alternativa económica en el más completo anonimato.
9. Para reducir la carga fiscal.
10. Para investir al exterior.

Operando offshore ¿estoy cometiendo evasion fiscal?
No es lo mismo la elusión fiscal que la evasión fiscal (tax avoidance versus tax evasión). La elusión fiscal, pieza clave de la planificación fiscal, viene a representar el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para conseguir la mínima carga fiscal, o bien para diferir en el tiempo de su impacto. La evasión fiscal consiste lisa y llanamente en sustraer la actividad al control fiscal y, por tanto, no pagar los impuestos.
La evasión fiscal es un delito que existe desde los tiempos en que el tributo, nombre que se le dio al impuesto antiguamente, era considerado como un símbolo de sumisión del vasallo a su señor y que era percibido en forma arbitraria, atrayendo como consecuencia que fuese fuertemente repudiado.
Existen diversas causas por las cuales el contribuyente no cubre con sus obligaciones tributarias a sabiendas de que está cometiendo una infracción y de que por ello deberá ser castigado. Este incumplimiento es lo que se considera genéricamente como evasión fiscal.
Se han dado diferentes definiciones de evasión fiscal, así, por ejemplo, señala el economista brasileño Antonio Alberto Sampaio: "Estímese la evasión fiscal `lato sensu´ como toda y cualquier acción u omisión tendiente a suprimir, reducir o demorar el cumplimiento de cualquier obligación tributaria".
Gioretti en su libro "La Evasión Tributaria" indica que: cualquier hecho, comisivo u omisivo, del sujeto pasivo de la imposición que contravenga o viole una norma fiscal y en virtud del cual una riqueza imponible en cualquier forma resulte substraída, total o parcialmente, al pago del tributo previsto por la ley, constituye una evasión tributaria.
Se observa en estas definiciones que el objeto de la evasión fiscal está constituido por el deseo del individuo de no pagar los impuestos valiéndose para ello de las fallas o lagunas existentes en la ley y de actuaciones deshonestas y mal intencionadas para ocultar la realidad de los hechos.
La ampliación de la acción estatal para atender los servicios gubernamentales y como factor primordial del desarrollo, exige una mayor recaudación y un mejor manejo del gasto publico. De allí surge la necesidad de una administración tributaria eficaz y honesta que sea capaz de evitar la evasión, los fraudes y el cohecho.

Y si deseo abrir una sucursal en mi país, ¿qué ventajas tengo?
Antes que todo es importante subrayar que este caso está sujeto a los controles y a las leyes de su país como con una normal sociedad residente. Obtiene pero una sociedad residente a poco más de mil euro. Las sociedades de derecho extranjero pueden ser  registradas en su país o en cualquier otro país de la Comunidad Europea con un costo notarial netamente inferior a las nacionales. Cualquier sociedad offshore puede ser registrada en su país y tener una propia oficina, teléfono, fax, cuenta bancaria, solicitar hipotecas, leasing, etc.
Existen dos soluciones diferentes entre ellas: el Representative Office y la Identificación de la sociedad en los públicos registros. En el primer caso la sociedad  extranjera abre únicamente un código o número fiscal y se comporta como una oficina  de representación de la sociedad extranjera: los requisitos de contabilidad son verdaderamente simples; se tiene únicamente que presentar una comunicación de apertura con timbres fiscales a la Cámara de Comercio local. Es necesario además nombrar un representante fiscal residente en país o nacional del mismo. En el segundo caso la sociedad de derecho extranjero, manteniendo siempre nombre y extensión (S.A., LTD, LLC, Corp, etc.) se convierte en una verdadera sociedad nacional con todos los derechos y deberes: contabilidad ordinaria, seguro social, balances y declaraciones IVA y de impuestos. La sociedad tendrá que nombrar sus propios administradores en el país quedando de derecho extranjero por lo que concierne la quiebra o falimiento. El representante fiscal tiene un rol y responsabilidades limitadas a la registración.

Existen varias jurisdicciones offshore, algunas también en Europa, ¿cuál es la mejor?
Cuando se decide hacer el paso offshore,  hay que tener en cuenta que más lejos de casa es, y mayores son las ventajas. Nosotros escogemos de preferencias las sociedades panameñas por el bajo costo, la facilidad de administración (en práctica no existen requisitos) y por el  hecho de  que, desde 1932, Panamá ofrece la mejor  ley offshore.

He escuchado hablar de “blacklist”, y me parece entender que las facturas, de las sociedades de los países incluidos en estas  listas, no se pueden  desgravar. ¿Es verdad?
En general las operaciones realizadas con proveedores de países considerados “paraísos fiscales” deben ser probadas. Se trata pero de una limitación,  actualmente, bastante débil, ya que se le puede encontrar fácilmente la solución, ya que no se aplica si se provee la prueba  que la sociedad estera hace primariamente  una actividad comercial efectiva, o sea que las operaciones desarrolladas responden a un efectivo interés económico y que las mismas han tenido una concreta ejecución. Además, obviamente, los costos se pueden declarar  y desgravar  demostrando que la empresa existe,  por ejemplo si quieren descargar una factura nuestra no tendrán ningún problema en  caso de controles.

¿Cuál es la política de España en relación a los paraísos fiscales?
La Constitución Española, en su artículo 31.1, establece, como principios generales del ordenamiento tributario, que "todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio".
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF) es el impuesto más importante, tanto por su importancia recaudatoria, como por su incidencia social, como demuestra el hecho de que en sus declaraciones anuales resultan afectados 17 millones de españoles. En concreto, a través del IRPF se prevén ingresos por valor de 70.579 millones de euros, con un crecimiento interanual del 5,2%, frente al 6,8% correspondiente a 2007. Por su parte, el Impuesto de Sociedades permitirá recaudar 44.420 millones de euros, con un crecimiento interanual del 6,2% (muy lejos del 12,5% registrado en 2007).
El contribuyente es aquel respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria; sujeto pasivo en la relación Fisco-Contribuyente. La definición corta y simple es: Contribuyente es una persona (sea física o jurídica) sujeta a impuesto.
No estarán obligados a presentar declaración este año los contribuyentes que hayan obtenido en 2007 rendimientos íntegros del trabajo por un importe inferior a 22.000 euros anuales cuando procedan de un sólo pagador, la misma cuantía que en los últimos años.
El 80% de los españoles considera excesivo y poco claro el uso de los impuestos. Claro que, no son sólo los ciudadanos son los disconformes ya que, la Asociación Profesional de Inspectores Financieros y Tributarios del Estado (Apife), considera que la Agencia Tributaria se gasta al año cientos de millones en publicidad contra el fraude..
A este respecto cabe decir que el anuncio de la Agencia Tributaria de abril de 1996 se tuvo que realizar en Alemania puesto que, ningún ciudadano español estaba dispuesto a aparecer en él, debido al miedo a ser reconocido por sus vecinos.
Con la aprobación de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, la lista de paraísos fiscales con los cuales era necesario declarar operaciones a las empresas españolas, desaparece. La disposición adicional primera de la LEY 36/2006 dice que tendrán la consideración de paraísos fiscales aquellos países o territorios que se determinen reglamentariamente. Reglamento que está pendiente de desarrollar.
Con esta Ley se introduce el concepto de “territorio de nula tributación”
- Relevancia: la presunción de residencia en España del art. 8.1 LIS se aplica a las entidades radicadas en países o territorios considerados de “nula tributación”.
La DA1 ª.2 Ley 36/2006 considera que la “nula tributación” existe cuando no se aplique un impuesto idéntico o análogo al IRPF, IS o IRNR. Se considera impuesto id idéntico o análogo al IRPF las cotizaciones a SS.
Ahora (DA1 ª ProyReg) concreta que serán las “cotizaciones obligatorias efectivamente satisfechas por la persona física a un sistema público de previsión social” siendo su objeto la cobertura de contingencias análogas a las atendidas por la SS, si en ese país o territorio no se aplica una impuesto idéntico o análogo al IRPF.
La lista de paraísos considerados fiscales hasta ahora por la Hacienda Española de acuerdo con el RD 1080/91 de 5 de julio y con los cuales había que declarar operaciones se indica a continuación, como puede verse existen un gran número de territorios que no tienen esta consideración, bien por pertenecer a USA y tener un convenio de doble imposición, aunque dentro de los Estados Unidos existan estados con fiscalidad propia como Nevada y Delaware, u otros como las Islas Marshall.
La autoridad española, a través del Real Decreto 1080/91 de 5 de julio, enumera actualmente los siguientes territorios considerados como paraísos fiscales:
AD PRINCIPADO DE ANDORRA
AN ANTILLAS NEERLANDESAS
AW ARUBA
BH EMIRATO DEL ESTADO DE BAHREIN
BN SULTANATO DE BRUNEI
CY REPÚBLICA DE CHIPRE
AE EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
GI GIBRALTAR
HK HONG-KONG
AI ANGUILLA
AG ANTIGUA Y BARBUDA
BS LAS BAHAMAS
BB BARBADOS
BM BERMUDA
KY ISLAS CAIMANES
CK ISLAS COOK
DM REPÚBLICA DE DOMINICA
GD GRANADA
FJ FIJI
GG ISLAS DE GUERNESEY Y DE JERSEY (ISLAS
DEL CANAL)
JM JAMAICA
MT REPÚBLICA DE MALTA
FK ISLAS MALVINAS
IM ISLA DE MAN
MP ISLAS MARIANAS
MU MAURICIO
MS MONTSERRAT
NR REPÚBLICA DE NAURÚ
SB ISLAS SALOMÓN
VC SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS
LC SANTA LUCÍA
TT REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO
TC ISLAS TURKS Y CAICOS
VU REPÚBLICA DE VANUATU
VG ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
VI ISLAS VÍRGENES DE ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA
JO REINO HACHEMITA DE JORDANIA
LB REPÚBLICA LIBANESA
LR REPÚBLICA DE LIBERIA
LI PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN
XG GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO (*)
MO MACAO
MC PRINCIPADO DE MÓNACO
OM SULTANATO DE OMÁN
PA REPÚBLICA DE PANAMÁ
SM REPÚBLICA DE SAN MARINO
SC REPÚBLICA DE SEYCHELLES
SG REPÚBLICA DE SINGAPUR
(*) Gran Ducado de Luxemburgo, por lo que respecta a las rentas percibidas por las sociedades a que se refiere el párrafo 1 del protocolo anexo al convenio, para evitar la doble imposición, de 3 de junio de 1986.

¿Son las operaciones realizadas entre una sociedad residente en un Paraíso Fiscal y una Española deducibles? ¿Por ejemplo las comisiones pagadas a una sociedad residente en un Paraíso Fiscal por los servicios de mediación en una compraventa pueden ser contabilizadas como gasto por el sujeto pasivo?
Los gastos de servicios correspondientes a operaciones realizadas, directa o indirectamente, con personas o entidades residentes en paraísos fiscales o que se paguen a través de ellas, no serán deducibles, excepto que el sujeto pasivo pruebe que el gasto devengado responde a una operación efectivamente realizada (ósea hay que demostrar la transacción y la efectiva existencia de la sociedad residente en un Paraíso Fiscal).
El gasto será deducible, si se prueba por el sujeto pasivo la realidad de la operación, valorándose, en los períodos impositivos que se inicien a partir del 1.12.2006, por su valor normal de mercado siempre que no determine una tributación en España inferior a la que hubiese correspondido por aplicación del valor convenido o un diferimiento de dicha tributación.
NORMATIVA: Artículo 14 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Artículo 17 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
Desde la Revolución Francesa los ricos han transferido sus bienes al exterior para proteger su patrimonio y eludir el pago de los impuestos sobre sus ganancias.
Equivocadamente se piensa que estas zonas conocidas como "paraísos fiscales" son un lugar donde se entremezclan los altos ejecutivos de las corporaciones financieras e industriales más importantes del planeta, con personajes de la jet artística o social, junto a multimillonarios que compaginan sus ingresos con el ocio.
En la realidad cualquier empresario tenga un facturado superior a 30 (treinta) mil Euros al año puede beneficiarse de una planificación fiscal a través de un Paraíso Fiscal.

¿Que son las “cajas chinas”?
Las que se llaman “cajas chinas” sirven solo en el caso de que sea necesario blindar totalmente la propiedad de una empresa, hacerla “anónima” de forma que no sea reconducible de ninguna forma a los verdaderos propietarios. Las cajas chinas pueden ser tantas cuantas sea necesario. La formula más simple es crear una pequeña holding (Panamá, Dominicana, Delaware– USA, etc.) y con esta adquirir otras sociedades o cuotas de otras sociedades. También una sociedad de su país puede ser controlada por medio de una pequeña holding panameña.

¿Cuál es el juego de los nombres dobles o de las sociedades homónimas?
Se trata de incorporar dos sociedades con el  mismo nombre, una en un paraíso fiscal y una en un país de baja carga impositiva y sin muchos controles (Suiza, República Dominicana, etc.). La primera abre las cuentas bancarias, o sea maneja el capital. La segunda, la de fachada, hace las facturas y aparenta operar. Esta se constituye en un país donde no hay muchos controles fiscales y donde los accionistas no tienen ni propiedades, ni cuentas bancarias. La otra sociedad factura, pero no cobra. Cuando se proveen los extremos para el pago se fornecen los datos de la cuenta bancaria de la primera sociedad .  En caso de controles, una factura de un país que no está en la lista negra del Ministerio de Hacienda no llama la atención  y es casi imposible descubrir que la cuenta bancaria a la que se hizo efectivo el pago es de otra sociedad, que, legalmente, no tiene nada que ver con la homónima sociedad.  Lógicamente cuando este sistema se usa para evadir los impuestos es ilegal, pero es legal si se utiliza para la protección del capital. En algunos países, por ejemplo, las empresas más fuertes  utilizan la práctica de los secuestros judiciales y cautelares con denuncias ficticias y con el único propósito de estrangular a las empresas más chicas. Con este sistema se protegen los activos.
  
¿Tienen sociedades ya constituidas? Y ¿cuáles son las ventajas y los costos?
Tenemos sociedades ya constituidas (“ready made o shelf”) y listas para operar, para recibir una lista  envíen una email a:
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Tienen una utilidad limitada y el costo es bien mayor. Muchas empresas no quieren hacer negocios con sociedades nuevas, algunos bancos extranjeros no abren cuentas corrientes a sociedades con menos de 2 años de existencia y lo mismo vale para obtener  una tarjeta corporativa de American Express, por esto, puede ser útil, en ciertos casos, adquirir una sociedad ya existente. El costo varia a segunda del año  de incorporación y, a veces, según el nombre. En general hay que sumar al costo inicial de 1100 euro la suma de 500 euro adicionales por cada año de existencia de la empres. Las  sociedades de este tipo son entregadas con nuevos directores y con los impuestos pagos hasta a la fecha de adquisición. Tenemos también sociedades que cuestan más caras, porque, por ejemplo, tienen el nombre de banca o porque tienen autorización a operar en el campo financiero. Constituimos también sociedades en los Estados  Unidos, en aquellos estados que ofrecen exenciones fiscales a nivel estadual.

¿Cuánto cuesta constituir de una sociedad offshore?
El precio de una sociedad offshore es mínimo en relación a las ventajas que ofrece . El precio depende de los países y del tipo de sociedad y varía desde los 800 euro,  más tasa anual  y poder general, por un total de 1100 euro (ver lista de precios en Solicitud de Servicios), hasta los 4000 euro por sociedades de gestión de juegos de azar o 6000 euro para las sociedades financieras.

¿En cuánto tiempo recibo los documentos y cómo?
Recibe los documentos constitutivos en 7 – 10 días desde la confirma de la recepción de los fondos.  Si no se le confirma el pago es oportuno  que se pongan en contacto con nuestra oficina. Si solicitan una licencia (financiaría, bancaria, fiduciaria, etc.) el envió  se efectúa después de la obtención de la misma.  Todos los documentos se envían por courier a la dirección que Usted provee al momento del pedido. 

¿En que momento tengo que pagar por  sus servicios?
100% al momento del  pedido.

¿Qué seguridad tengo?, visto que el pago es por adelantado
O.P.M. CORPORATION, fundada en el 1992, es una de las sociedades líder en los servicios jurídicos offshore, y estos son proveídos por el bufete jurídico Caporaso &  Partners Law Office o por bufetes extranjeros asociados. Nuestras referencias bancarias son impecables y las cuentas bancarias con las que operamos, son  todas en bancos AAA, garantizando que O.P.M. CORPORATION posee capital propio, tal y suficiente, para garantizar la ausencia de cualquier riesgo eventual.

Me gustaría saber algo más sobre los “paraísos fiscales y las normas anti elusión”.
Son paraísos fiscales los Estados que, por motivos diferentes, pero principalmente para atraer capital extranjero, favorecen las inversiones para promover su desarrollo económico, con regímenes tributarios caracterizados por una presión  impositiva muy baja y a veces inexistente. Estos Estados presentan, generalmente, otras dos importantes atractivas: estructura política y económica estable, y son dotados de una legislación financiera y comercial que  facilita y protege los negocios, permitiendo a los operadores económicos de actuar en condiciones de liberalismo, sin grandes y costosas formalidades, y con el apoyo  de una red bancaria bien desarrollada y confiable.
Es indiscutible la atracción que estos Países ejercen en las personas que operan en Estados  donde la carga fiscal es un alto costo. Si es verdad  que generalmente todos los paraísos fiscales son caracterizados por un régimen de tributación muy favorable, es necesario hacer la debidas distinciones. En la realidad, de facto, los países a baja fiscalidad se diferencian mucho entre ellos con relación al tipo de facilidades  de tributación que ofrecen. Existen los denominados zero-havens, o sea los Estados  con impuestos cero (como Panamá, las Islas Caimán o las Islas Vírgenes británicas), que se caracterizan por la casi total ausencia de imposición directa y de retenidas de impuestos. Pero, en las mayorías de los paraísos fiscales, la tasación, más que inexistente, debe ser considerada moderada. Estos son, por ejemplo, los Estados en los que las facilidades fiscales son ofrecidas sobre base territorial o actividad definida, como las llamadas Zonas Libres Industriales, o los países que ofrecen ventajas fiscales solo a sociedades que operan en determinados sectores económicos, como lo de seguros, los bancos o el sector marítimo.
Existen, en fin, las Zonas Francas (las más importantes son la de Miami, Panamá y la de Madeira) caracterizadas por las exoneraciones aduanera y por los incentivos fiscales y financieros.
En un  cuadro de referencia como este, es comprensible cual puede ser la preocupación de los Estados que dependen de los impuestos para el pago de su deuda pública y que se ven  substraer capital imponible por las operaciones realizadas a través de los paraísos fiscales.
Para desanimar estas operaciones elusivas (se vea también sobre el argumento  R.Cordeiro Guerra “Primeras observaciones sobre regímenes fiscales de las operaciones concluidas con sociedades residentes en los países o territorios con baja fiscalidad”,  en la revista de derecho tributario 1992, I, pagina 307), las medidas  adoptadas por las administraciones fiscales de varios países pueden considerarse represivas. En Francia por ejemplo, es presumida la indeducibilidad de los componentes negativos de renta que llegan por operaciones ocurridas entre empresas franceses y empresas localizadas en paraísos fiscales, mientras que en Bélgica o Italia, los contribuyentes que desean deducir tales costos, tienen la obligación  de probar que son inherentes a operaciones realmente realizadas.
A titulo ejemplificativo, a una  sociedad con sede legal en un Estado EU, pero con residencia en un Estado no perteneciente a la Comunidad Europea, y con baja fiscalidad no resultaría aplicable la norma anti elusiva;

Entonces, en la práctica ¿se trata de planificación fiscal?
Si. Dentro de la planificación tributaria, la elusión representa la utilización de todos los medios legales disponibles para conseguir la menor carga fiscal posible.
Para operar a través de los Paraísos Fiscales es necesario clasificarlos por tipologías.
Bahamas, Bermudas, Islas Caimán, Vanuatu, Mónaco y Andorra. son ejemplos de países en los cuales no existe imposición sobre la renta ni sobre la plusvalía de capital.
Hong Kong, Liberia y Panamá, son ejemplos en los cuales las sociedades no pagan impuestos sobre las rentas o ingresos recibidos fuera del territorio nacional. También dentro de la Comunidad Económica Europea (CEE) hay países como Luxemburgo y Holanda que ofrecen ventajas impositivas a las sociedades "holding" y aquellas que operan fuera del propio territorio. También Irlanda, otro país miembro de la CEE ofrece exenciones fiscales a las sociedades de exportación y a determinados profesionales. Estados Unidos, Bélgica y Canadá, que son considerados países con legislaciones fiscales severas, ofrecen ventajas para operaciones específicas.
Las administraciones fiscales de los Estados no pueden evitar los esquemas de evasión de impuestos, ya que los hechos imponibles se realizan fuera de sus fronteras o, aun realizándose dentro de ellas, sus condiciones reales no son detectables. La elusión fiscal se podrá seguir llevar a cabo mientras permanezcan confidenciales las relaciones entre el interesado y las sociedades mercantiles extranjeras (non-resident companies) controladas por él.
La práctica demuestra que la mayor parte de los contribuyentes de un país, aun pudiéndolo hacer, casi nunca utilizaran un Paraíso Fiscal para eludir impuestos por falta de información o porque generalmente se piensa, erróneamente, que la operaciones offshore son muy caras y no son rentables para pequeños inversionistas. Partiendo de esta realidad, las autoridades fiscales basan sus medidas de lucha contra los Paraísos Fiscales en el control administrativo rutinario de las transferencias bancarias internacionales.
Salvo que recurran a un Paraíso Fiscal, las empresas multinacionales se ven obligadas a pagar todos los impuestos nacionales en todos los países en los que operan.
Si una sociedad mercantil americana posee sucursales en ocho países fuera de Estados Unidos, cada una de estas sucursales deberá pagar el Impuesto de Sociedades y de Renta en el país en el que opera, con un tipo de gravamen de alrededor del 35% sobre los beneficios.
Si el resto de los beneficios son enviados a los Estados Unidos, allí volverán a ser gravados, esta vez con el Impuesto de Renta americano, el cual supone una carga fiscal añadida de otro 40%. La aplicación de ambos impuestos de forma conjunta supone someter unos beneficios de $100 a una fiscalidad combinada de $61.
Naturalmente este tipo de situaciones no incentiva las inversiones extranjeras. Para fomentar la instalación regular de empresas extranjeras en un territorio, muchos países tratan de reducir esta fiscalidad combinada mediante la firma de tratados bilaterales. Este tipo de tratados se denominan "convenios para la reducción de la doble imposición internacional sobre la renta y el patrimonio".
Los dos países firmantes de un convenio bilateral de doble imposición conceden una reducción fiscal a las sucursales de las empresas del otro país que se han establecido en su territorio. En la práctica esto se realiza reduciendo el tipo del Impuesto de Sociedades del 35% a un 15%, a un 10 o incluso al 5%.
De esta forma, la carga fiscal internacional combinada sobre $100 puede quedar reducida a un 43%.
Los gobiernos tratan, naturalmente, de evitar a toda costa la firma de tratados de doble imposición con países que sean Paraísos Fiscales.
Otra de las medidas de lucha contra los Paraísos Fiscales consiste en gravar fiscalmente los beneficios obtenidos dentro del país por las sociedades mercantiles no-residentes. De esta forma, las autoridades fiscales exigen que todos los beneficios obtenidos dentro de un país por una sociedad mercantil offshore sean sometidos al pago de los impuestos antes de ser transferidos al extranjero. Esto supone que dichos beneficios estarán gravados al 35% como si se tratase de una sociedad residente establecida regularmente en el país.
Quien utiliza un Paraíso Fiscal puede defenderse contra esta medida utilizando los tratados de doble imposición firmados por el estado en cuestión. Usando estos tratados de doble imposición tratará de sacar sus beneficios del país pagando un 5 ó un 10% en lugar del 35% general del Impuesto de Renta.
Teniendo en cuenta estos factores y los acuerdos bilaterales entre países, se puede organizar una triangulación para disminuir o eliminar la carga fiscal.

Pero, si es tan fácil ¿porque no lo hacen todos?
Hay actividades que no se pueden dislocar y no pueden beneficiarse de una estructura offshore. Muchos empresarios no utilizan en pleno la planificación fiscal, por falta de información o porque son víctimas de las campañas de demonización que los países a alta imposición fiscal, han armado contra el mundo offshore. Ellos defienden su sistema impositivo para continuar con el mal gasto público, Usted defienda sus bienes!

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